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Pesca sostenible |
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A. Enfoque de precaución Los Principios para una Pesca Peruana Sostenible de Mundo Azul se basan en el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO. Sin embargo tratan de adaptarlo a la realidad peruana y poner más énfasis en algunos puntos que consideramos clave.
Los principios promueven una "pesca de bajo impacto" con el fin de cambiar el manejo pesquero de un paradigma de maximizar ganancias a corto plazo hacia un paradigma que tiene como meta la disminución de impactos ambientales negativos, especialmente los daños irreversibles de los stocks pesqueros, las otras especies marinas y los ecosistemas. La reducción del esfuerzo pesquero es el elemento más importante para que los stocks pesqueros se mantengan en niveles más altos de abundancia. Ninguna pesquería que disminuya la capacidad de una especie en resistir los cambios y fluctuaciones ambientales a causa de razones naturales o actividades humanas debe ser permitida. Ninguna pesquería que pone en riesgo la recuperación de una especie amenazada o en peligro de extinción debe ser permitida. Impactos destructivos de pesquerías sobre el ecosistema o el hábitat incluyendo sus características no vivas deben ser eliminados y la pesca en áreas ecológicamente sensibles debe ser prohibida. Los Principios demandan el fin de formas indiscriminadas y dañinas de pesca y buscan la reducción de la pesca incidental a niveles cerca de cero. La matanza de especies predadoras como forma de manejo pesquero es errónea y no se debe permitir.
Para compensar la falta enorme de información y comprensión humana de la ecología marina el manejo pesquero tiene que ser precautorio con énfasis en la prevención de daños en vez de intentos de reparar daños existentes mediante medidas de mitigación o restauración. Bajo el enfoque de precaución el peso de la prueba está en el lado del futuro usuario del recurso natural, así como en el lado de las entidades gubernamentales cuya función es el manejo pesquero. Es su deber comprobar que el uso futuro o presente no pone en riesgo las especies o el ecosistema. Estudios de impacto ambiental se usan para eliminar riesgos para la biodiversidad marina causados por actividades humanas. Los estudios de impacto ambiental y social se deben realizar siempre, para cualquier pesquería, artes o aparejo de pesca a ser inducido. El enfoque de precaución aplica siempre, también cuando el stock pesquero todavía es abundante y el ecosistema no muestra todavía indicios de daños graves y/o irreversibles por parte de la pesca. La precaución debe aumentar con la falta de información. Precaución significa también ver el ecosistema como conjunto en vez de enfocarse únicamente en la especie objetivo de una pesquería - llamado el enfoque ecosistémico. Cualquier actividad humana a lo largo de las cuencas hidrográficas, de la costa y en el ámbito marino puede afectar los stocks pesqueros y ecosistemas. Esto es porque la pesca no se puede manejar de forma aislada. El manejo pesquero debe formar parte de un manejo integral marino costero y todas las actividades humanas en este espacio deben ser objeto de estudios de análisis de impacto y medidas de mitigación y eliminación de impactos ambientales. Los principios buscan una transformación de una producción pesquera dominada por métodos de pesca a gran escala, requiriendo una inversión importante de capitales y causando daños graves en los ecosistemas marinos hacia una pesquería de escala pequeña, basada en la producción de las comunidades pesqueras tradicionales, siendo intensiva en mano de obra y usando artes de pesca probadamente selectivas y ecológicamente aceptables. La pesca debe tener como prioridad el proveer las necesidades alimenticias y asegurar la vida de la población, especialmente de las partes de la población que tradicionalmente depende de recursos marinos. La exportación pesquera no se debe realizar a costa del medio ambiente o del consumo local y tampoco debe causar impactos culturales o sociales negativos. Pesquerías con altos niveles de capturas incidentales deben ser eliminadas. La producción industrial para fabricar harina y aceite de pescado debe ser transformada poco a poco en una pesquería para el consumo humano. Los derechos de acceso a pesquerías deben ser consistentes con los derechos y necesidades tradicionales de comunidades pesqueras. Para lograr sostenibilidad en la pesca peruana se requiere un cambio profundo de la política pesquera a nivel nacional e internacional el cual se expresará en reformas institucionales, sociales y económicas dramáticas. Aunque los principios y medidas propuestos en este documento pueden parecer utópicos, creemos que, son posibles de lograr, siempre y cuando el país cuente con un liderazgo político serio y responsable, realmente preocupado por el futuro y el desarrollo del país. Es más, estamos convencidos que la implementación de estos principios y medidas son la única forma de lograr un éxito en la lucha contra la pobreza sin que esto se realice a costa de la conservación de los recursos y servicios naturales requeridos por las generaciones futuras. La transformación de la pesca resultará en pesquerías de menor impacto ambiental negativo, en una pesca responsable y sostenible, una mejor conservación marina, así como en beneficios sociales, económicos y culturales. No solo el gobierno peruano con sus diferentes entidades, sino también todas las personas jurídicas no gubernamentales de la sociedad civil, siendo las ONGs, las empresas pesqueras, las empresas del sector de procesamiento de productos pesqueros y las empresas de comercio de estos productos, así como todas las personas naturales de la sociedad civil, son llamadas a aportar a la implementación de estos principios. Para garantizar el involucramiento adecuado de la sociedad civil cualquier medida de ordenamiento de la actividad pesquera tiene que ser transparente y participativa. A. Enfoque de precaución
A1) El enfoque de precaución se debe aplicar siempre en la conservación, ordenación y explotación de los recursos vivos con el fin de protegerlos y preservar el medio marino costero y acuático. A2) Al aplicar el criterio de precaución, se deben tener en cuenta, entre otros, los elementos de incertidumbre, como los relativos al tamaño y la productividad de las poblaciones, los niveles de referencia, el estado de las poblaciones con respecto a dichos niveles de referencia, el nivel y la distribución de la mortalidad ocasionada por la pesca y los efectos de las actividades pesqueras, incluidos los descartes, sobre las especies que no son objeto de la pesca y especies asociadas o dependientes, así como las condiciones ambientales, sociales y económicas. A3) La falta de información científica adecuada no debería utilizarse como razón para aplazar o dejar de tomar las medidas de conservación y gestión necesarias. Tampoco debería utilizarse como razón para aplazar o dejar de tomar medidas para conservar las especies que son objeto de la pesca, las especies asociadas o dependientes y aquéllas que no son objeto de la pesca, así como su medio ambiente. Por el contrario, la falta de información debe ser una razón para tener mayor precaución. A4) El enfoque de precaución se debe aplicar también y especialmente cuando el stock es todavía abundante. Aplicar un "enfoque de precaución" sólo en el caso de stocks disminuidos sería en verdad una respuesta reactiva y así por definición lo contrario a la prevención. A5) Si un fenómeno natural como el fenómeno climático "El Niño" tiene importantes efectos perjudiciales sobre el estado de los recursos acuáticos vivos, se deben adoptar medidas de conservación y gestión de emergencia, a fin de que la actividad pesquera no agrave dichos efectos perjudiciales. A6) Se deben adoptar medidas de emergencia cuando la actividad pesquera plantee una seria amenaza a la sostenibilidad los recursos pesqueros o de la biodiversidad marina. B. Manejo integral B1) La ordenación de la pesca debería fomentar el mantenimiento de la calidad, la diversidad y disponibilidad de los recursos pesqueros en cantidad suficiente para las generaciones presentes y futuras, en el contexto de la seguridad alimentaría, el alivio de la pobreza, y el desarrollo sostenible. B2) Los recursos pesqueros deben manejarse bajo un enfoque ecosistémico en vez de un enfoque reducido al propio recurso. B3) El Estado y los usuarios de los recursos acuáticos vivos deberían conservar los ecosistemas acuáticos. El derecho a pescar lleva consigo la obligación de hacerlo de forma responsable a fin de asegurar la conservación y la gestión efectiva de los recursos acuáticos vivos. B4) La conservación del medio ambiente no solo debe ser aceptada como una meta de igual importancia al uso sostenible de los recursos naturales, sino debe formar una parte integral del manejo y desarrollo pesquero. B5) Las medidas de ordenación deberían asegurar la conservación no sólo de las especies objetivo, sino también de aquellas especies pertenecientes al mismo ecosistema o dependientes de ellas o que están asociadas con ellas. B6) Todos los hábitat críticos para la pesca en los ecosistemas marinos y de agua dulce, como las zonas húmedas, los manglares, los arrecifes, las lagunas, las zonas de cría y desove se deberían proteger y rehabilitar en la medida de lo posible y cuando sea necesario. Debería ponerse especial empeño en protegerlos de la destrucción, la degradación, la contaminación y otros efectos significativos derivados de las actividades humanas que constituyen una amenaza para la salud y la viabilidad de los recursos pesqueros. B7 ) El porcentaje del área protegida marina debe ser equivalente al porcentaje de área protegida terrestre. B8) El Estado debe asegurar que el manejo pesquero tome debidamente en cuenta los intereses de otros usuarios como por ejemplo el turismo y la recreación marino costera. B9) El Estado debe velar, en la medida que lo permitan las leyes y reglamentos nacionales, porque los procesos de toma de decisiones sean transparentes y proporcionen soluciones oportunas a cuestiones urgentes. El Estado, de conformidad con los procedimientos adecuados, debería facilitar la consulta y la efectiva participación de la industria, trabajadores de la pesca, organizaciones ambientalistas y otros interesados, en la toma de decisiones con respecto a la elaboración de normas y políticas relacionadas con la ordenación y el desarrollo pesqueros, y el crédito y la ayuda internacional. C. Pesca
C1) Con el fin de minimizar el riesgo de daños irreversibles de los ecosistemas marinos y acuáticos, la pesca no debe impactar el carácter o la funcionalidad del ecosistema de manera sustancial. Para asegurar esto los stocks objetivos de la pesca se deben mantener en un alto porcentaje de su tamaño original (= antes de iniciar la pesca). C2) La pesca no debe afectar la capacidad de resistencia de ninguna especie frente fluctuaciones naturales, como el fenómeno "El Niño", y fluctuaciones inducidas por el hombre. C3) La pesca no debe poner en peligro la supervivencia de ninguna especie o población y tampoco debe causar una falla en la recuperación de una especie o población depredada, amenazada o en peligro de extinción. C4) La captura de especies no objetivo o de individuos con tamaños demasiado pequeños (pesca incidental) debe ser reducido a niveles cercanos a cero. Toda la captura incidental con posibilidades de supervivencia debe ser regresada de forma inmediata al mar. El resto de la captura incidental debe ser desembarcado para el consumo humano o su transformación. C5) El monto óptimo de extracción (optimum yield) para cada pesquería se debe definir como el monto de extracción que garantice la sostenibilidad ecológica de la pesquería a largo plazo. Este monto de extracción tiene que recibir preferencia sobre intereses económicos a corto plazo.
C6) Impactos negativos de la actividad pesquera sobre el hábitat deben ser eliminados (por ejemplo daños de arrecifes de corales, hábitats de hierbas de mar, praderas de macroalgas, sustrato del fondo de mar, etc.) C7) La pesca industrial con fines de reducción en vez del consumo humano directo debe ser tratada con cuidado especial debido al potencial de esta pesca de impactar drásticamente la cadena trófica y el hecho que extrae grandes cantidades de biomasa en un nivel critico de esta cadena trófica. D. Transformación y Distribución D1) La captura, manipulación, procesamiento y distribución del pescado y de los productos pesqueros deberían realizarse de forma que se mantenga el valor nutritivo, la calidad y la inocuidad de los productos, se reduzcan los desperdicios y sean mínimos los efectos negativos en el medio ambiente. D2) Sustancias toxicas y/o bioacumulables no deben formar parte del proceso de transformación de la materia prima. D3) Se debe eliminar la contaminación marina y aérea durante el proceso de transformación de la materia prima. Componentes no peligrosos debe ser reciclados, reusados o reprocesados. D4) El uso de energía en la pesca, el proceso de transformación y transporte deben ser minimizados. D5) El uso de materiales de empaque debe ser minimizado y el material debe ser reciclado o reusado. E. Política pesquera E1) En la presente situación de sobre pesca en casi todas las pesquerías a nivel nacional e internacional, el esfuerzo pesquero existente debe reducirse drásticamente.
E2) La política pesquera del país debe buscar la transformación de gran parte de la pesca industrial hacia una pesca para el consumo humano con énfasis en el fortalecimiento de las comunidades pesqueras tradicionales mediante la pesca artesanal y de pequeña escala con artes de pesca selectivas y practicas ambientalmente amigables. E3) Se debe dar mayor énfasis a atender las necesidades nutritivas de los sectores más pobres del país mediante la pesca en vez de reducir proteína de alta calidad en productos que no se dirigen al consumo humano directo. E4) Reconociendo la importante contribución de la pesca artesanal y en pequeña escala al empleo, los ingresos y la seguridad alimentaría, se debe proteger apropiadamente el derecho de los trabajadores y pescadores, especialmente aquellos que se dedican a la pesca de subsistencia, artesanal y en pequeña escala, a un sustento seguro y justo, y proporcionar acceso preferencial, cuando proceda, a los recursos pesqueros que explotan tradicionalmente así como a las zonas tradicionales de pesca en las aguas de su jurisdicción nacional. E5) Se deben asegurar y proteger los derechos tradicionales de comunidades pesqueras dentro de los limites ecológicos de la actividad pesquera.
E6) La exportación de productos pesqueros no debe desarrollarse a costa del medio ambiente, de necesidades de alimentación a nivel nacional y tampoco debe causar impactos negativos sociales o culturales en las comunidades pesqueras tradicionales. E7) El acceso libre a pesquerías se debe limitar. Esto sin embargo no necesariamente significa que el acceso a pesquerías o áreas marinas y acuáticas debe ser privatizado. Tampoco la limitación de acceso debe realizarse a costa de los derechos de comunidades pesqueras tradicionales. Estas comunidades deben recibir derechos preferenciales al recurso dentro de los límites ecológicos responsables. E8) La tasa de impuestos a pagar y subvenciones a recibir para una pesquería se debe orientar en su nivel de sostenibilidad. Pesquerías con un mayor impacto ambiental y social negativo deben pagar impuestos mayores. Pesquerías sostenibles deberían recibir subvenciones estatales. E9) Las empresas pesqueras deben ser responsables por los daños ecológicos que cause su operación y deben pagar compensaciones suficientemente altas por ellos. E10) El Estado peruano debe involucrarse activamente en la negociación sobre el uso de recursos y la conservación de las especies marinas en aguas internacionales de alta mar, así como el manejo de stocks pesqueros migratorios, siempre promoviendo la sostenibilidad de la actividad humana en este espacio. Para esto es necesario que el Perú suscriba los acuerdos internacionales correspondientes. F. Reformas en el mercado de productos pesqueros
F1) Las empresas que procesan y comercializan productos pesqueros deben dar preferencia a la compra de materia prima que proviene de la pesca sostenible. F2) Todas las empresas del sector pesquero deberían apoyar con un porcentaje de sus ganancias para elaborar e implementar sistemas de monitoreo, así como medidas de transformación del sector hacia la pesca responsable y sostenible. F3) Los compradores de los productos finales deben ser enpoderados para tomar decisiones de compra mediante sistemas de certificación ecológica y social.
G. Investigación y capacitación G1) El Estado debe reconocer que la pesca responsable requiere de una sólida base científica que deberá estar disponible para asistir a los administradores pesqueros y otras partes interesadas en la toma de decisiones. Para ello, el Estado debe velar por que se lleve a cabo una investigación adecuada en todos los aspectos de la pesca, incluyendo biología, ecología, tecnología, ciencias medio ambientales, economía, ciencias sociales, acuicultura y ciencias nutricionales.
G2) La falta de información científica adecuada debería ser motivo para que se inicien actividades de investigación lo antes posible. G3) El Estado debe cooperar ampliamente con las universidades y otras entidades de la sociedad civil para fomentar la investigación científica. G4) Los datos y resultados obtenidos deben ser fácilmente accesibles para toda la sociedad civil. G5) El Estado, reconociendo que es sumamente importante que los pescadores y los administradores pesqueros comprendan los problemas relacionados con la conservación y la gestión de los recursos pesqueros de los que dependen, deberían fomentar por medio de la enseñanza y la capacitación la toma de conciencia de éstos acerca de la pesca responsable. |
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